LECTURAS PORNOGRÁFICAS Y ESCRITURAS PELIGROSAS

“Mi cuerpo ya no será sino la grafía que tú escribas sobre él, significante indescifrable para cualquier otro que no seas tú. Pero ¿qué eres tú, Ley que transformas el cuerpo en tu signo?”
Michel de Certeau, La invención de lo cotidiano: Artes de hacer

UNA SOCIEDAD INTERSTICIAL

La adopción de horarios y medidas para el tiempo del trabajo, el estudio o el ocio, el control de las basuras y desechos, el acceso al agua y a otros servicios, la construcción de las viviendas teniendo en cuenta la orientación y localización de las de los demás, la definición de áreas aceptables para el desarrollo de ciertas actividades productivas, comerciales o recreativas, son situaciones en las cuales la ciudad impone una coordinación…”
Jorge Orlando Melo, Medellín 1880-1930: los tres hilos de la modernización.

-¿En dónde se ha encontrado usted, del mes de mayo del año próximo pasado a hoy; en compañía de quién o quiénes, de qué se ha ocupado y de qué asuntos ha tratado?
-Me he encontrado en el distrito de Medellín y en esto, me he encontrado solo, no he tratado de ningún asunto y durante el tiempo que he estado en este municipio me ocupé en trabajar en El Silencio.
-¿Sabe usted quién es un individuo que en el mes de mayo próximo pasado fue traído a esta población por los conductores José Parra y Ramón Pavón, a cumplir la pena de un año de confinamiento a que lo condenara por vagancia el Inspector de Belén y la Jefatura General de Policía?
-Sí señor, yo soy.
-¿Sabe usted quién es el individuo que a mediados del año referido se ausentó de este distrito para el de Medellín, donde fue capturado y remitido nuevamente a esta población en el mes de septiembre del mismo año?
-Sí señor, yo soy.
¿Sabe usted quién es el individuo que después del expresado mes de septiembre volvió a ausentarse de este distrito para el de Medellín, donde una vez más fue capturado y remitido a esta población a donde llegó ayer?
-Sí señor, yo soy. [1]

Esta escena, en la que la ley tiende sus ojos de Argos sobre el cuerpo del criminal, transcurre entre Medellín y Segovia en 1918. El accionar del interrogado es descompuesto en dos tiempos: un pasado y un presente inmediato, que la ley conoce y a los que hace referencia a través de preguntas que comportan la carga de imperativos. La ley quiere saber cuándo, con quién y en dónde ha estado durante su fuga, además de los asuntos que ha tratado con dichas personas, en dicho lugar y en dicho momento. Aunque se camufla bajo enunciados desiderativos, el interrogado sabe que sólo se quiere confirmar lo que ya se conoce. No miente, porque no tiene escapatoria. Ante las preguntas-narración del delito, no le queda más que asentir y reconocer que él es el criminal que huyó de la vigilancia del sistema; él es ese sujeto que se fuga una y otra vez, en una especie de tragicomedia, en la que a cada paso que da fuera de su confinamiento, vuelve a ser apresado por ese ente ubicuo que aunque abstracto, hace sentir su omnipotencia a través de sus hombres y sus instituciones; ese ente que es el estado.[2] 

Este caso es ilustrativo de los procesos criminales a los que se enfrentaba la justicia de la ciudad durante el primer cuarto del siglo XX. Durante este período, Medellín se encontraba en un proceso de transición entre dejar de ser una aldea y convertirse en una gran ciudad, de lo que dan cuenta los acelerados procesos de modernización que transformaron su industria, su infraestructura, sus medios de transporte  y sus medios de comunicación, entre otras técnicas que, aunadas a los procesos de un modernismo creciente que se introducía en las concepciones de los habitantes de esta ciudad; hicieron de ésta una urbe en formación en la que el impulso de la modernidad tomó un ritmo vertiginoso.

Para algunos investigadores, como Melo, es entre 1880 y 1930, cuando se efectúa la transición de Medellín como ciudad moderna. Para otros, como Espinal y Ramírez, es en la mitad del siglo XX, a finales de la década del 40, cuando este proceso toma forma definitiva. El primero se centra en tres discursos  que constituyen los cimientos de la modernidad medellinense: “[1] el desarrollo de una imagen de ciudad moderna y los esfuerzos para poner en práctica, en forma planeada, unos ideales de vida urbana; [2] el proceso por el cual se intentó educar a la población para esa vida urbana y [3] la forma como la literatura trató de encontrar su punto de inserción en esa ciudad en proceso de modernización y civilización…”[3] No obstante, al plantear estos procesos del modernismo como hilos de la modernización, no ilustra de manera eficaz la dialéctica entre modernismo y modernización así como tampoco su diferencia operativa.

Por otro lado, Espinal y Ramírez, centran su análisis en la construcción de un “cuerpo cívico”  a través de diferentes discursos institucionales y mediáticos, que derivaron en una praxis social que podría denominarse “higienista y reguladora” y a través de la transformación urbana acarreada por el Plan Piloto que Wiener y Sert, elaboraron para la ciudad bajo la dirección de Le Corbusier.[4]

Así, ambas perspectivas se refieren a dos etapas distintas del proceso de modernización medellinense; la primera, a una etapa de formación y, la segunda, a una etapa de consolidación. Este estudio, por su parte, se centrará en la primera etapa, sin descuidar, de un lado, sus conexiones con procesos históricos de larga duración, especialmente los referidos a la sociedad colonial y, de otro, las conexiones con la ciudad moderna que se consolidará a mediados del siglo XX. Aún más, estas reflexiones serán actualizadas en su relación con los imaginarios que hoy tejen las intrincadas tramas del espacio urbano de la Medellín contemporánea.

Si bien no se puede determinar el momento exacto en el que la ciudad pasa de ser una aldea premoderna (y semicolonial) a una urbe pletórica de  modernismo[5]; sí se puede aprehender, a través de determinados “casos límite”[6], algunos procesos sociales que ilustran ese tránsito, con sus contradicciones y sus problemas irresolutos. Aquí, se presentarán algunos de esos “casos límite” que pueden ser considerados como procesos sociales cristalizados, en los que la (des)estructuración que implica la modernización, se aprecia con algunos matices.

Imagen del telegrama que anuncia la fuga de Misael Restrepo. AHJM, Criminales,  Violación de Confinamiento,
 documento nro. 14487, 1918, s.f.
Volviendo al prófugo apresado por el Argos (panoptes) de la ley, que ilustra la sociedad disciplinaria en consolidación, tenemos que las preocupaciones que ya desde las Reformas Borbónicas inquietaban al estado (sobre el que se refundaría, en buena media, la república), siguen siendo una constante: el cuerpo vacante es un número negativo dentro de la sociedad. Asimismo, la modernización empieza a mostrar los efectos que trae sobre el mundo, acortando distancias y aumentando velocidades; por medio del telégrafo se comunican las huídas del prófugo que una vez rompe el cerco de su confinamiento, ya está siendo rastreado por los tentáculos de un estado potenciado por la tecnología.[7] 

A diferencia de los casos que estudiaremos a continuación, este termina en una condena; se suma a la pena de confinamiento en Segovia, la reclusión por dos años en la cárcel departamental. En éste, se puede apreciar un delito común sobre el que se despliegan los mecanismos de un estado moderno, que ya no tendrá la necesidad de aplicar una tortura sobre el cuerpo criminal, sino que lo obliga a cumplir su confinamiento para luego pasar al espacio aún más reducido de la celda. La ley se inscribe sobre el cuerpo esposado que, además, es trasladado por sus gendarmes al lugar donde debe cumplir su pena. La ley, vuelve sobre su vasto cuerpo de papel y caracteres, para consultar los cargos de que se acusa al criminal[8] Misael Restrepo (ahora tiene nombre) y comprueba en su corpus que éste es culpable. La historia de este acusado de vagancia y hurto que, además, viola la restricción legal que pesa sobre él, es interpretada a la luz de un código legal que prescribe para ella un desenlace: el castigo. Éste, a su vez,  ilustra los dos espacios de disciplinamiento con que cuenta el sistema para hacer cumplir sus mandatos: primero, un emplazamiento funcional, con unos límites que le asignan un lugar al reo del que no puede salir y, segundo, un espacio de confinamiento: la cárcel. El primero tan efectivo como el segundo, pues a falta de paredes de concreto, cuenta con dispositivos tendidos en red, que interceptan sus pasos y lo reinsertan en el espacio que para él ha sido (a)signado.

La historia del delito de Misael Restrepo, nos permite introducirnos tanto en la sociedad disciplinaria que se venía construyendo desde el siglo XVIII, aún bajo la dominación española[9]; como en el ámbito de la moral, aquél en el que mejor que en ningún otro, la consciencia social[10] brota en formas inesperadas, que no son más que la cristalización anacrónica de las corrientes de cambio que modelan lenta y subrepticiamente el cuerpo social. Si bien este delito común nos permite ver la operatividad de la maquinaria disciplinaria, en su funcionamiento normal; los delitos que se considerarán a continuación tienen todos una particularidad: fueron sobreseídos[11], es decir, la ley no pudo fallar sobre ellos, tanto por ineficacia en sus mecanismos inquisitoriales como porque comportan conflictos tales, que sobrepasan la formalidad del marco jurídico y traen consigo problemas que, aunque aparentemente banales, desbordan las dimensiones normativas al referirse directamente a un conjunto de prácticas o, si se quiere, costumbres, que están siendo transformadas y que, a su vez, requieren la transformación de los códigos sociales en que se enmarcan para adquirir legitimidad.

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[1] AHJM (Archivo Histórico Judicial de Medellín),  Criminales,  Violación de Confinamiento, documento nro. 14487, 1918, f. 9r.
Todas las fuentes primarias citadas en el cuerpo de la investigación han sido modernizadas, para hacer más amena su lectura; disponiendo de los cuidados necesarios para no alterar el sentido,  allí donde ha sido pertinente aplicar correcciones ortográficas o gramaticales.  
[2] Este es el mecanismo del panoptismo que se cierne sobre el cuerpo criminal. Como lo plantea Foucault, el panoptismo “es polivalente en sus aplicaciones; sirve para enmendar a los presos, pero también para curar a los enfermos, para instruir a los escolares, guardar a los locos, vigilar a los obreros, hacer trabajar a los mendigos y a los ociosos.” FOUCAULT M., “Vigilar y castigar…”, p. 124.
[3] MELO J. O., “Medellín 1880-1930: los tres hilos de la modernización”.
[4] Si bien estas investigadoras reconocen que la transición de pueblo a ciudad, tiene lugar entre 1890 y 1920; centran sus análisis en los procesos que tienen lugar a mediados de siglo, cuando Medellín “ya era una ciudad industrial.” Para establecer,  a partir de la Carta de Atenas (1943) y su influencia en el Plan Piloto diseñado para la ciudad, la consolidación del espacio urbano que se gestaría en la modernidad medellinense, cuyos cimientos estaban representados en cuatro ideas básicas: habitar, cultivar el cuerpo y el espíritu (recrearse), trabajar y circular.” ESPINAL PÉREZ C. E. y RAMÍREZ BROUCHOUD M. F., “Cuerpo civil, controles y regulaciones…” pp. 43, 50.
[5] En este punto, habría que revisar la tesis según la cual Medellín vivió “una modernización sin modernidad; en otras palabras, modernización económica y técnica dentro de una sociedad tradicional y católica.” REYES CÁRDENAS A. C., “La vida cotidiana en Medellín…”, p. 302.
En primer lugar, es importante la distinción operativa que propone Berman para distinguir el proceso de transformaciones técnicas y científicas (materiales) del proceso de transformación de imaginarios colectivos (simbólico); entendiendo su  relación dialéctica que, no obstante, no implica una dependencia entre ambos en cuanto al ritmo de su desarrollo y al carácter de las configuraciones sui generis que adquiere en cada sociedad.  En segundo lugar y, en ese orden de ideas, es importante resaltar el papel del modernismo en el siglo XIX que, si se rastrea a través de una opinión pública moderna emergente, por medio de la prensa; se encontrará como un elemento vigoroso que desde los periódicos y los pasquines, pasando por las hojas sueltas hasta la publicidad, se enfrascó en debates en los que se discutían los proyectos de nación que, por entonces, terminaban por decidirse en los campos de batalla.
Por eso, sin ahondar más en este punto, pues se darán claves de esta perspectiva a lo largo de este estudio; si bien las primeras dos o tres décadas del siglo XX fueron de formación de una industria que, por ende era incipiente, los imaginarios en que se ancló dicha modernización, fueron los que posibilitaron que se instaurara una experiencia moderna con sus implicaciones directas en los ritmos y los estilos de vida. La mejor muestra de que en este primer cuarto de siglo sí hubo modernismo pero sin modernización, es la obra de Tomás Carrasquilla; valga citar las palabras de Juan Guillermo Gómez: “la novela de Carrasquilla es representativa de esta fase de desarrollo urbano en una forma ejemplar. En ella se pone de presente la aguda conciencia de un cambio social originado por el dinamismo urbano, por la presencia de una capa social dirigente que impulsa nuevos negocios y que, muy en particular, genera nuevos hábitos de sociabilidad. Esta nueva praxis cultural, que se revela en la introducción de determinadas modas lingüísticas, de novedosas formas de vestir, de hábitos alimenticios inéditos y de nuevas costumbres como paseos y bailes, entra en contradicción con las costumbres tradicionales de origen campesino y provinciano.  […] La nostalgia es en Carrasquilla el prisma que sirve de instrumento para descomponer analíticamente la nueva luz del progreso que se filtra, como un chorro incontenible, “metodizado o caótico”, sobre la ciudad de Medellín.”  GÓMEZ GARCÍA J. G., “Literatura y sociedad: otro juicio sobre Tomás Carrasquilla…”, p. 360.
[6] Esta es una expresión acuñada por Ginzburg, para referirse  a procesos sociales cuya excepcionalidad se perfila en términos de una ruptura. Este enfoque microhistórico privilegia el cambio y, dentro de esta corriente social incesante que es el cambio, a aquellos procesos que se presentan como eslabones entre un estadio y otro. Un ejemplo de un “caso límite” es Menocchio, el famoso molinero friulano de El queso y los gusanos, que representa el tránsito entre un mundo de oralidad primaria (teocéntrico) a un mundo dominado por las técnicas de lecto-escritura (y sus procesos de racionalización y laicización); que es considerado por Ginzburg como un “eslabón perdido”, entre la baja Edad Media y la Modernidad.
El molinero “había vivido en primera persona el salto histórico, de alcance incalculable, que separa el lenguaje gesticulado, murmurado, chillado, propio de la cultura oral, de aquel otro, carente de entonación y cristalizado sobre el papel, propio de la cultura escrita. El primero es casi una prolongación del cuerpo, el otro es «una cosa mental». La hegemonía de cultura escrita sobre cultura oral fue fundamentalmente una victoria de la abstracción sobre el empirismo. En la posibilidad de emanciparse de las situaciones particulares radica el vínculo que ha ligado siempre inextricablemente la escritura al poder.”
GINZBURG C., “El queso y los gusanos…”, pp. 18-19, 99.
[7] “Este espacio cerrado, recortado, vigilado, en todos sus puntos, en el que los individuos están insertos en un lugar fijo, en el que los menores movimientos se hallan controlados, en el que todos los acontecimientos están registrados, en el que un trabajo ininterrumpido de escritura une el centro y la periferia, en el que el poder se ejerce por entero, de acuerdo con una figura jerárquica continua, en el que cada individuo está constantemente localizado, examinado y distribuido entre los vivos, los enfermos y los muertos—todo esto constituye un modelo compacto del dispositivo disciplinario.” FOUCAULT M., “Vigilar y castigar…”, p. 119.
[8] “Febrero 6 de 1918
1. Sí consta al libro 86, folio 348, que el señor Misael Restrepo, fue condenado por el Inspector 4º Municipal de Medellín, el 17 de noviembre de 1914, a sufrir la pena de seis meses de reclusión. Sentencia que reformó la Jefatura General de Policía el 21 de diciembre del mismo año, condenándolo sólo a 3 meses de la misma pena.
2. Fue condenado por el Inspector de Policía de la América el 18 de Mayo de 1916 a sufrir la pena de dos meses de reclusión por delito [de] Hurto.” AHJM (Archivo Histórico Judicial de Medellín),  Criminales,  Violación de Confinamiento, documento nro. 14487, 1918, f. 13r.
[9] Y, sobretodo en la república.  Valga mencionar las reformas que los criollos introdujeron con su llegada al poder, en el ámbito privilegiado para el cambio social (y para la instauración del nuevo orden) por la ilustración: la educación. “No sin tropiezos, con las renovadoras ideas educativas se avanzó hacia una transformación de la educación que se manifestó en diversos aspectos: en lo social fue más incluyente (pensó en los indígenas, las mujeres y los pobres); en lo ideológico se acudió a pensadores más civilistas (Bentham); en lo pedagógico se miró a autores con otros referentes culturales (Lancaster); y en lo institucional se amplió la cobertura poblacional…” ESPINOSA CAMPOS I., “Vida escolar y cultura impresa…” pp. 101.
[10] “Toda la conciencia social no llega íntegramente a exteriorizarse y materializarse. Toda la estética nacional no está en las obras que inspira; toda la moral no se formula en preceptos definidos. La mayor parte permanece difusa. Hay una vida colectiva que está en libertad; toda clase de corrientes, van, vienen, circulan en varias direcciones, se cruzan y se mezclan de mil maneras diferentes, y, precisamente porque se encuentran en un perpetuo estado de movilidad, no llegan a concretarse en una forma objetiva.” DURKHEIM E., El suicidio,  p. 345.
[11] Según el diccionario jurídico, “El sobreseimiento es un acto procesal que pone fin al juicio; pero le pone fin sin resolver la controversia de fondo, sin determinar si el acto reclamado es o no contrario a la Constitución y, por lo mismo, sin fincar derechos u obligaciones en relación con el quejoso y las autoridades responsables. Es, como acertadamente anota don Ignacio Burgoa, de naturaleza adjetiva, ajeno a las cuestiones sustantivas, ya que ninguna relación tiene con el fondo.” Tomado de: < http://www.diccionariojuridico.mx/?pag=vertermino&id=117>. [Consultado el  20/10/2013]. 


Imagen de uno de los 100 carteles fijados por Antonio Mejía, sin pie de imprenta.AHJM, Criminales,  Infracción ley de prensa, documento nro. 13661, 1915-1920, f. 2r.